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14 - Protección consular

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GCM Objectives
14 - Protección consular

Objetivo 14 en el Pacto Mundial para la Migración

Mejorar la protección, asistencia y cooperación consulares a lo largo de todo el ciclo migratorio

El Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular (PMM) se basa en 23 objetivos. Esta página proporciona recursos para objectivo 14 (Mejorar la protección, asistencia y cooperación consulares a lo largo de todo el ciclo migratorio):

“30. Nos comprometemos a reforzar la protección y la asistencia consular es brindadas a nuestros nacionales en el extranjero, así como la cooperación consular entre los Estados, con el fin de salvaguardar mejor los derechos e intereses de todos los migrantes en todo momento, y a aprovechar las funciones de las misiones consulares para mejorar la interacción entre los migrantes y las autoridades estatales de los países de origen, tránsito y destino, de conformidad con el derecho internacional.

Para cumplir este compromiso, recurriremos a las acciones siguientes:

a) Cooperar para desarrollar la capacidad consular, formar a los funcionarios consulares, promover acuerdos para prestar colectivamente servicios consulares cuando los Estados no tengan capacidad suficiente, incluso mediante asistencia técnica, y concertar acuerdos bilaterales o regionales sobre diversos aspectos de la cooperación consular;

b) Recabar la participación del personal competente de los servicios consulares y de inmigración en los foros mundiales y regionales que existen sobre la migración, a fin de intercambiar información y mejores prácticas sobre cuestiones de interés mutuo que atañen a los ciudadanos en el extranjero y contribuir a la formulación de políticas migratorias integrales y con base empírica;

c) Concertar acuerdos bilaterales o regionales sobre la asistencia y la representación consular en aquellos lugares donde los Estados deseen aumentar la eficacia de los servicios consulares relacionados con la migración, pero no tengan presencia diplomática o consular;

d) Fortalecer la capacidad consular a fin de identificar, proteger y ayudar a nuestros nacionales en el extranjero cuando se encuentren en situación de vulnerabilidad, en particular a las víctimas de violaciones o abusos contra los derechos humanos y laborales, las víctimas de la delincuencia, las víctimas de la trata de personas, los migrantes que son objeto de tráfico ilícito en circunstancias agravantes y los trabajadores migrantes explotados en el proceso de contratación, impartiendo a los funcionarios consulares formación sobre la aplicación a este respecto de medidas basadas en los derechos humanos y con perspectiva de género e infantil;

e) Proporcionar a nuestros nacionales en el extranjero la oportunidad de inscribirse en el país de origen, en estrecha cooperación con las autoridades consulares, nacionales y locales, y con las correspondientes organizaciones de migrantes, como medio de facilitar información, servicios y asistencia a los migrantes en situaciones de emergencia y velar por que los migrantes puedan obtener información pertinente y oportuna, por ejemplo, estableciendo líneas telefónicas de ayuda y consolidando las bases de datos digitales nacionales, pero respetando el derecho a la privacidad y protegiendo los datos personales;

f) Prestar asistencia consular a nuestros nacionales ofreciéndoles asesoramiento, en particular sobre las leyes y costumbres locales, la interacción con las autoridades, la inclusión financiera y la creación de empresas, y expidiéndoles la documentación pertinente, como documentos de viaje y documentos consulares de identidad que puedan facilitar su acceso a los servicios, la asistencia en situaciones de emergencia, la apertura de cuentas bancarias y la utilización de servicios de remesas." (PMM, 2018: párr. 30)

El principio de proteger los derechos de los migrantes y prestar asistencia a los migrantes vulnerables ocupa un lugar central en el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular. El objetivo 14 se funda en el derecho fundamental a la protección diplomática y la asistencia consular, previsto en el derecho internacional y entendido como una norma consuetudinaria en el derecho internacional sobre migración. Se trata de un mecanismo práctico bien establecido y poderoso que contribuye sustancialmente a la protección de los derechos de los migrantes y complementa una serie de objetivos del Pacto Mundial para la Migración, indicados más abajo, entre los que cuentan el suministro de documentación consular (párr. 20 , inciso c)), el apoyo consular en situaciones de crisis (párr. 23 j)), la importancia de prestar asistencia consular a migrantes en situaciones vulnerables, como las víctimas de explotación y abuso (párr. 23, incisos e) y j), párr. 30 , inciso d)), los migrantes detenidos (párr. 29, inciso e)) y los migrantes desaparecidos (párr. 29, inciso e)).

Las autoridades consulares también cumplen un papel crucial por cuanto registran los actos civiles de sus ciudadanos, como la inscripción de los nacimientos en el extranjero. De este modo, contribuyen a prevenir las violaciones de los derechos de sus ciudadanos, en particular los casos de apatridia y los problemas relacionados con las pruebas de nacionalidad y la documentación de identidad jurídica (Pacto Mundial para la Migración, párr. 20, inciso e)).

Una de las deficiencias señaladas con respecto al objetivo 14 tiene que ver con la protección de los derechos de los apátridas, que por definición no tienen un Estado de nacionalidad al que acudir en busca de protección (información al respecto disponible aquí y aquí). Los derechos de los apátridas deben abordarse de forma más exhaustiva en los debates actuales y futuros sobre los derechos de los migrantes.

El informe del Pacto Mundial para la Migración puede consultarse en AR, ZH, EN, FR, RU, ES.

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    *Todas las referencias a Kosovo deben entenderse en el contexto de la Resolución 1244 [1999] del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.