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12 - Verificación de antecedentes y derivación

GCM Objectives
12 - Verificación de antecedentes y derivación

Objetivo 12 en el Pacto Mundial para la Migración

Aumentar la certidumbre y previsibilidad de los procedimientos migratorios para la adecuada verificación de antecedentes, evaluación y derivación

El Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular (PMM) se basa en 23 objetivos. Esta página proporciona recursos para objectivo 12 (Aumentar la certidumbre y previsibilidad de los procedimientos migratorios para la adecuada verificación de antecedentes, evaluación y derivación):

“28. Nos comprometemos a aumentar la certidumbre y previsibilidad jurídica de los procedimientos migratorios estableciendo y fortaleciendo mecanismos eficaces basados en los derechos humanos que permitan verificar los antecedentes de todos los migrantes y evaluarlos individualmente de manera adecuada y oportuna con el fin de determinar los procedimientos de derivación apropiados y facilitar el acceso a ellos, de conformidad con el derecho internacional.

 

Para cumplir este compromiso, recurriremos a las acciones siguientes:

a) Aumentar la transparencia y la accesibilidad de los procedimientos migratorios comunicando los requisitos necesarios para la entrada, admisión, estancia, trabajo, estudio u otras actividades, e introduciendo tecnologías que simplifiquen los procedimientos de solicitud para evitar a los Estados y los migrantes demoras y gastos innecesarios;

b) Preparar e impartir capacitación intrarregional e interregional especializada sobre derechos humanos y aspectos relacionados con el trauma para los equipos de respuesta inicial y los funcionarios gubernamentales, incluidas las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley, los funcionarios de fronteras, los representantes consulares y los órganos judiciales, a fin de facilitar y estandarizar la identificación y derivación de las víctimas de la trata de personas, los migrantes en situación de vulnerabilidad, incluidos los menores, en particular los no acompañados o separados, y las personas afectadas por cualquier forma de explotación y abusos relacionados con el tráfico ilícito de migrantes en circunstancias agravantes, así como la prestación a esas personas de asistencia y asesoramiento apropiados teniendo en cuenta las diferencias culturales;

c) Establecer mecanismos de derivación con perspectiva de género e infantil, incluidas mejores medidas de verificación de antecedentes y evaluación individual en las fronteras y el lugar de llegada, aplicando procedimientos operativos estandarizados en coordinación con las autoridades locales, las instituciones nacionales de derechos humanos, las organizaciones internacionales y la sociedad civil;

d) Velar por que los menores migrantes sean identificados lo antes posible en el lugar de llegada a los países de tránsito y destino, y por que los menores no acompañados o separados sean derivados rápidamente a las autoridades de protección infantil y otros servicios pertinentes, y por que se les designe un tutor legal competente e imparcial, se proteja la unidad familiar y cualquier persona que afirme legítimamente que es menor sea tratada como tal salvo que se determine que tiene más edad mediante una evaluación multidisciplinar, independiente y con perspectiva infantil;

e) Velar por que, en el contexto de las corrientes migratorias mixtas, se comunique de manera adecuada, oportuna, eficaz y accesible la información pertinente sobre los derechos y obligaciones con arreglo a las leyes y procedimientos nacionales, incluidos los requisitos necesarios para la entrada y la estancia, las formas de protección disponibles y las opciones existentes para el regreso y la reintegración." (PMM, 2018: párr. 28)

La finalidad del objetivo 12 es aportar certidumbre y previsibilidad a los procedimientos migratorios estableciendo mecanismos basados en los derechos humanos para verificar los antecedentes de los migrantes que llegan a los países de tránsito y destino, de manera que estos puedan ser identificados oportunamente, acceder a mecanismos de derivación adecuados y recibir un trato acorde a las normas internacionales de derechos humanos. 

Para ello, es fundamental que los migrantes puedan acceder a información precisa y oportuna y conozcan los procedimientos migratorios y sus derechos, a fin de reducir sus vulnerabilidades y ganar autonomía y poder de acción en el transcurso de las actuaciones. Al mismo tiempo, los procedimientos migratorios establecidos por los países deben ser accesibles y transparentes y permitirles detectar las necesidades de protección de los grupos de migrantes vulnerables.

Muchos países cuentan con sistemas de entrada y procedimientos de gestión de fronteras susceptibles de mejoras, por lo que los gobiernos deben trabajar para introducir una reglamentación amplia sensible a las vulnerabilidades de la población migrante, impartir formación a los oficiales de fronteras y fortalecer sus capacidades, y elaborar directrices operativas para definir las funciones y responsabilidades de los oficiales (de primer contacto). Lo último implicaría brindar orientación sobre cómo atender a las personas con necesidades de protección y otras necesidades específicas, como las víctimas de la trata de personas y las personas afectadas por cualquier forma de explotación y abusos relacionados con el tráfico de migrantes en circunstancias agravantes, en particular sobre cómo verificar sus antecedentes, identificarlos y derivarlos a los canales adecuados. Tales iniciativas deben tener en cuenta la vulnerabilidad de los grupos de migrantes y, concretamente, promover la adopción de procedimientos que incorporen perspectivas de infancia, género y discapacidad.

El informe del Pacto Mundial para la Migración puede consultarse en AR, ZH, EN, FR, RU, ES.

 

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*Todas las referencias a Kosovo deben entenderse en el contexto de la Resolución 1244 [1999] del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.