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Actuemos ahora: La inclusión de los migrantes en la acción climática no es una opción, sino una obligación

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Actuemos ahora: La inclusión de los migrantes en la acción climática no es una opción, sino una obligación

Ginebra - Los efectos adversos del cambio climático y la degradación ambiental están acelerando la movilidad humana en todo el mundo, sobre todo en los países altamente expuestos y con escasa capacidad de adaptación. Aunque actualmente la mayor parte de la movilidad por motivos climáticos tiene lugar dentro de los propios países, la desesperación y el deterioro del entorno también pueden forzar a las personas a migrar de forma irregular para tratar de ganarse la vida en otros países. El cambio climático afecta negativamente a todas las personas, en todas partes, pero quienes mayor riesgo corren de sufrir sus consecuencias son quienes ya se encuentran en una situación de vulnerabilidad a causa de la zona geográfica en que viven, la pobreza, el género, la edad, la discapacidad, el origen o cualquier otra condición, incluidas las mujeres migrantes cuyos medios de vida dependen del clima, y los niños, que tienen una menor capacidad para sobrevivir a fenómenos meteorológicos extremos. Es fundamental ser conscientes de esta realidad y adoptar medidas eficaces para proteger los derechos humanos de las personas más afectadas por el cambio climático, incluidos los migrantes.

Con motivo del 27º período de sesiones de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 27) y a fin de abordar la movilidad humana[1] en este contexto, la Red de las Naciones Unidas sobre la Migración insta a los Estados Miembros a reconocer las oportunidades que entraña la tarea de velar por una mitigación del cambio climático y una adaptación al mismo que sean sostenibles y tengan en cuenta los derechos, de conformidad con las recomendaciones del Equipo de Tareas sobre los Desplazamientos de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC).

La Red insta a los Estados a que, en colaboración con las entidades pertinentes de las Naciones Unidas y todos los asociados, aborden y busquen soluciones inclusivas para las personas más afectadas, incluidas las que permanecen en su lugar de origen, las que se desplazan a otras zonas del país y las que migran a otros países, y a que reconozcan plenamente la importancia de la migración como estrategia de adaptación en este contexto. Aunque se han registrado avances en la integración de la migración en las estrategias y políticas de adaptación al cambio climático, aún queda mucho por hacer. Como se reconoció en la COP 26, siguen existiendo deficiencias en la previsión y planificación de situaciones que podrían inducir a la movilidad relacionada con el clima, y los esfuerzos para mitigar los efectos adversos del cambio climático y adaptarse a ellos, en particular a través de la movilización de recursos, son insuficientes.

La Red alienta a los Estados a que incorporen vías de migración regular en sus estrategias de mitigación y adaptación al cambio climático con miras a facilitar la movilidad laboral y el trabajo decente, el respeto de los derechos humanos, la admisión y estancia humanitarias, la reagrupación familiar, la educación, el patrocinio privado y la exención de visados, y ayudar así a las comunidades a ser más resilientes ante el cambio climático y a adaptarse a él por medio de la movilidad. En este sentido, se han registrado mejoras gracias a la formalización de acuerdos bilaterales y regionales en materia de migración laboral y de la creación de categorías especiales de visado para que las personas afectadas por el cambio climático puedan desplazarse de forma regular o permanecer en los países de destino.

De conformidad con los compromisos contraídos en virtud del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular y renovados en la declaración sobre los progresos del primer Foro de Examen de la Migración Internacional, celebrado en Nueva York en mayo de 2022, la Red reitera su llamamiento a los Estados para que elaboren políticas y planes de acción sobre el cambio climático y sobre la migración que sean inclusivos y garanticen la participación plena y efectiva de los migrantes en cuanto titulares de derechos. Asimismo, la Red recuerda a los Estados que cualquier medida política o ley que regule la movilidad humana en el contexto del cambio climático, o incida directamente en ella, debe cumplir las obligaciones relativas a los derechos humanos.

Los Estados pueden garantizar la consecución efectiva de este objetivo si son conscientes de que el Acuerdo de París, el Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015–2030, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el Pacto Mundial para la Migración y el Pacto Mundial sobre los Refugiados están relacionados entre sí y deben aplicarse simultáneamente y de forma que se refuercen mutuamente.

Para defender los derechos humanos, reforzar la capacidad de adaptación de los migrantes y aprovechar el potencial de la movilidad por motivos climáticos, la Red insta a los Gobiernos a que colaboren entre sí y con todas las partes interesadas con objeto de:

  • reforzar el apoyo a los países y personas afectados mediante la movilización efectiva de los recursos adecuados para apoyar la acción climática, por ejemplo invirtiendo en sistemas de alerta temprana y preparación, y abordando las repercusiones de los daños y perjuicios económicos y no económicos, en particular para los migrantes;
  • facilitar una transición justa hacia economías y sociedades verdes y sostenibles desde el punto de vista medioambiental, por ejemplo mediante el desarrollo de sistemas de salud resilientes al clima; el fomento de la resiliencia, el desarrollo equitativo, la justicia social y la creación de puestos de trabajo decentes; y el aprovechamiento, con el apoyo de las empresas, los empleadores, los sindicatos y las organizaciones de trabajadores, de las competencias y experiencia de los migrantes, así como de su contribución al desarrollo sostenible;
  • aumentar y diversificar las vías de migración regular relacionada con el clima, entre otras cosas mediante la creación de vías regulares de movilidad laboral, y garantizar que todas las personas, incluidas las mujeres y los niños, puedan acceder a esas vías como una opción de adaptación y una forma de prevenir y abordar situaciones de vulnerabilidad;
  • mejorar la acción y la cooperación regional e internacional para abordar eficazmente la migración por motivos climáticos en el ámbito local, nacional, regional e internacional mediante políticas y planes de acción específicos y coordinados sobre el cambio climático y la migración, por ejemplo actuando con coherencia en todos los foros multilaterales pertinentes; y
  • fomentar la adopción de decisiones basadas en datos empíricos y el empleo de datos desglosados que sirvan de base a la cooperación y al refuerzo de la acción climática.

Nuestro futuro común depende de que podamos hacer efectivo el derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible para todos. Las relaciones existentes entre el cambio climático, los derechos humanos y la migración son evidentes, y la comunidad internacional no puede seguir retrasando la adopción de medidas encaminadas a proteger el medio ambiente, en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

Cada paso que se dé hacia una migración segura, ordenada y regular supondrá un avance en el contexto del cambio climático al que nos enfrentamos.

 

La Red de las Naciones Unidas sobre la Migración se estableció con el propósito de asegurar un apoyo eficaz, oportuno y coordinado de todo el sistema a los Estados Miembros en la aplicación, el seguimiento y el examen del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular. Si bien el mandato de la Red se centra en la migración, se pide a los Estados que también apliquen estas recomendaciones a los desplazados, los refugiados y los solicitantes de asilo y que protejan los derechos humanos y la salud de todos por igual, independientemente de su situación migratoria.

 

Para más información, sírvanse ponerse en contacto con:

Red de las Naciones Unidas sobre la Migración (secretaría)

Florence Kim

fkim@iom.int +41 79 748 0395

 

[1] El concepto de movilidad humana relacionada con el cambio climático engloba la migración, el desplazamiento y la reubicación planificada, tal como se menciona en los objetivos 2 (párr. 18 j)) y 5 (párr. 21 h)) del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, y en los procesos pertinentes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, como las recomendaciones formuladas por el Comité Ejecutivo del Mecanismo Internacional de Varsovia para las Pérdidas y los Daños relacionados con las Repercusiones del Cambio Climático y el Equipo de Tareas sobre los Desplazamientos.

 

*Todas las referencias a Kosovo deben entenderse en el contexto de la Resolución 1244 [1999] del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.