Repositorio de Prácticas
Estrategia para aumentar la inscripción de migrantes en el Sistema Único de Salud (SUS)
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Secondary GCM Objectives
Fechas
Tipo de práctica
Geographic Scope
Regiones:
Subregión:
Resumen
En el Estado Plurinacional de Bolivia (en adelante Bolivia), todas las personas no nacionales tienen el mismo estatus que los ciudadanos para acceder a salud, educación y protección social. La Constitución Política del Estado (2009), en su Artículo 14, garantiza que “Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta Constitución, sin distinción alguna”. Además, en 2013, el Gobierno de Bolivia aprobó la Ley de Migración (Ley No 370), que estableció el derecho a la salud, la educación (básica y superior) y la protección social para todas las personas migrantes en el Artículo 12 (Derechos).
El Estado boliviano garantiza el derecho a la salud de las personas migrantes a través de su inclusión en el Sistema Único de Salud (SUS). El SUS es un sistema universal y gratuito que fue creado por la Ley No1152* y comenzó a implementarse en 2019. El Artículo 5 de esta ley establece que las personas beneficiarias de este sistema incluirán a “las personas extranjeras que no están protegidas por el Subsector de la Seguridad Social de Corto Plazo, en el marco de instrumentos internacionales, bajo el principio de reciprocidad y en las mismas condiciones que las y los bolivianos”.
Según el artículo 5 inciso b de la ley 1152, las personas migrantes que, independientemente de su estatus migratorio, pueden inscribirse en el SUS son las mujeres embarazadas y hasta seis meses después del parto, las que requieran atención en salud sexual y reproductiva, niños y niñas menores de 5 años, personas adultas mayores de 60 años y personas con discapacidad (también se incluye a las personas extranjeras de nacionalidad argentina, sin importar su edad o sexo). En relación a dicha población objetivo, es importante mencionar que el 47,6 por ciento de las personas migrantes que residen en Bolivia son mujeres y que el 4,5 por ciento son mayores de 65 años. Asimismo, pueden inscribirse en el SUS aquellas personas migrantes de todas las edades con cédula de extranjero del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP).
Pese a que las personas migrantes que cumplan dichos requisitos pueden acceder al sistema de salud, muchas quedan fuera porque desconocen sus derechos y los requisitos para acceder al SUS. Por esta razón, entre julio y septiembre de 2021 el Ministerio de Salud y Deportes (MSD) junto con la oficina de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) en Bolivia llevaron a cabo una estrategia temporal de inscripción al SUS a través del establecimiento de puntos accesibles en 24 municipios que incluyeron las 9 ciudades capitales departamentales y 13 localidades fronterizas con mayor presencia de población migrante.†
Para poder llevar a cabo la campaña a nivel territorial, el MSD articuló con los Servicios Departamentales de Salud, ya que son estos últimos los que tienen mandato sobre los centros de salud locales.
*Ley No 1152. Disponible en: http://www.minsalud.gob.bo/images/Descarga/SUS/Ley_N_1152_20-02-2019.pdf
†Capitales departamentales: La Paz, Santa Cruz de la Sierra, Sucre, Trinidad, Cochabamba, Tarija, Oruro, Cobija, Potosí. Localidades fronterizas: Cobija, Guayaramerin, Puerto Quijarro, Puerto Rico, Puerto Suárez, Riberalta, San Matías (limítrofes con Brasil); Bermejo, Tarija, Villazón, Yacuiba (limítrofes con Argentina), Desaguadero (limítrofe con Perú) y Pisiga (limítrofes con Chile).
Organizaciones
Principales organizaciones implementadoras
Des informations détaillées
Beneficio e impacto
Si bien la inscripción al SUS se limitó a los grupos delimitados por la normativa, se hicieron algunas excepciones en caso puntuales de emergencia para que accedieran al sistema de salud varias personas que requerían atención de emergencia y que no pertenecían a ninguno de los grupos descritos.
Asimismo, dado que inicialmente la estrategia estuvo diseñada para promover el acceso de las personas migrantes a la salud, un resultado inesperado fue la ampliación de la inscripción para incluir también a aquella población local que no había podido registrase en el SUS por falta de información. En este sentido, las comunidades locales fueron beneficiarias indirectas de esta iniciativa.
La campaña también sirvió para que el MSD conozca cuáles son las necesidades y obstáculos de la población migrante para acceder a la salud y, al mismo tiempo, concientizó a estos últimos sobre sus derechos. Desde que finalizó esta acción, han aumentado las consultas que reciben los centros de salud y el MSD por parte de personas migrantes para acceder al SUS.
Desde 2019 hasta principios de 2022, un total de 13.170 personas migrantes se han dado de alta en el SUS, según informó el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia en el informe de seguimiento de cumplimiento del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular (PMM).‡ El principal grupo de quienes accedieron al sistema de salud universal fueron menores de 19 años (34 por ciento), de los cuáles la mayoría (55 por ciento) pertenecen a la franja etaria económicamente activa entre 20 y 59 años. Por su parte, los niños, niñas y adolescentes de entre 5 y 19 años representan el 26 por ciento y el grupo de primera infancia (menores de 5 años) el 9 por ciento. Por su parte, las personas adultas de más de 60 años constituyen el 10 por ciento de inscriptos.§ Mediante el SUS, las personas beneficiarias pudieron contar con una atención médica en los establecimientos de primer, segundo y tercer nivel. Es decir, que incluyó atención en centros de salud, hospitales y tratamientos especializados.
*Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Indicadores de Gobernanza de la Migración: Estado Plurinacional de Bolivia, Perfil 2022, OIM, Ginebra.
†Ibid.
‡Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia, Actualización voluntaria del informe de aplicación del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordena y Regular: Disponible en: https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/imrf-bolivia.pdf
§Ibid.
Lecciones clave
Durante la estrategia de inscripción al SUS se observó el rechazo de muchas personas bolivianas (al menos en redes sociales) basado en el argumento de que no se debería dar acceso a la salud a personas migrantes si los servicios son deficientes incluso para la población nacional. Por lo tanto, una de las lecciones aprendidas es que este tipo de iniciativas deben ser acompañadas con campañas anti-discriminación dirigidas a la sociedad de acogida.
El establecimiento de mesas de trabajo descentralizadas con participación del MSD, sociedad civil local y organizaciones de migrantes tuvo como objetivo amplificar y coordinar la difusión de esta iniciativa. Asimismo, como resultado inesperado, estos espacios también sirvieron para que el MSD pudiera conocer las dificultades observadas para la inscripción en el SUS y debatir posibles soluciones al establecer un diálogo con quienes tienen trato directo con las personas migrantes.
Fue clave poder sumar a la campaña a 13 localidades fronterizas, ya que es en los lugares más remotos donde existe mayor falta de información entre la población migrante tanto sobre sus derechos como sobre los requisitos para inscribirse en el sistema de salud.
La existencia de institucionalidad a nivel local para brindar atención a la población migrante facilita la sostenibilidad en el tiempo de estos operativos.
La presencia de los consulados en los operativos territoriales es clave para garantizar el acceso a regularización migratoria, ya que, sin la documentación del país de origen requerida por las autoridades migratorias, la persona no puede iniciar el trámite de radicación.
La cantidad de personas que acude a estos operativos aumenta si se da amplia visibilidad a la iniciativa mediante distintos canales (referentes comunitarios, redes sociales, radios comunitarias, etc.)
Para promover la accesibilidad, los operativos territoriales deben realizarse fuera de horarios laborales, preferentemente durante el fin de semana.
Recomendaciones(para replicar)
Acompañar este tipo de políticas de acceso a la salud con campañas anti-xenofobia dirigidas a la sociedad en su conjunto para evitar que se instale una narrativa discriminatoria en términos de acceso a la salud por parte de la población migrante, especialmente aquellos en situación irregular.
Establecer espacios de diálogo entre autoridades sanitarias, organizaciones de la sociedad civil y grupos organizados de personas migrantes. Preferentemente, estos espacios deben tener un anclaje territorial incorporando actores locales que conozcan la realidad y necesidades de las personas migrantes que habitan en su comunidad.
Planificar la localización de los puntos de inscripción e información sobre el acceso al sistema de salud para poder situarlos estratégicamente tanto en los centros urbanos donde exista mayor concentración de población migrante, como en aquellas ciudades fronterizas donde es más difícil que llegue información a las personas destinatarias por los canales habituales.
Innovación
Otro de los enfoques innovadores de la campaña es su descentralización y la ubicación de puntos de inscripción e información en localidades fronterizas. De esta forma, se logró también sensibilizar a los actores sanitarios locales sobre los derechos y necesidades de salud de las personas migrantes.
Asimismo, la ley No1152 es innovadora en cuanto incorpora los enfoques de género y de infancia (que son principios rectores del Pacto Mundial al incorporar), especialmente en lo que hace a la salud materno infantil. En este sentido, la ley que regula el Sistema Único de Salud (SUS) incluye dentro de los grupos beneficiados a mujeres migrantes embarazadas (desde el inicio de la gestación hasta seis meses posteriores al parto), mujeres migrantes respecto a servicios de salud sexual y reproductiva, y niños y niñas menores de cinco años. También incluye a personas migrantes discapacitadas y mayores de 60 años. Por lo tanto, la práctica también es innovadora en el sentido de tener un enfoque interseccional (condición migratoria, género, infancia, discapacidad y adultos mayores).
Recursos adicionales
Additional Images
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- Pacaraima Committee
- APP Multilenguaje Médico (AMM)
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Comentarios de los revisores pares:
*Todas las referencias a Kosovo deben entenderse en el contexto de la Resolución 1244 [1999] del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
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