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10 - Erradicar la trata de personas

GCM Objectives
10 - Erradicar la trata de personas

Objetivo 10 en el Pacto Mundial para la Migración

Prevenir, combatir y erradicar la trata de personas en el contexto de la migración internacional

El Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular (PMM) se basa en 23 objetivos. Esta página proporciona recursos para objectivo 10 (Prevenir, combatir y erradicar la trata de personas en el contexto de la migración internacional):

“26. Nos comprometemos a adoptar medidas legislativas o de otra índole para prevenir, combatir y erradicar la trata de personas en el contexto de la migración internacional reforzando la capacidad y aumentando la cooperación internacional para investigar, enjuiciar y castigar la trata de personas, desalentando la demanda que fomenta la explotación conducente a la trata, y poniendo fin a la impunidad de las redes de trata. Nos comprometemos además a mejorar la identificación y protección de los migrantes que han sido víctimas de la trata y prestarles más asistencia, teniendo en cuenta especialmente a las mujeres y los menores.

Para cumplir este compromiso, recurriremos a las acciones siguientes:

a) Promover la ratificación del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la adhesión a dicho Protocolo y su aplicación;

b) Promover la aplicación del Plan de Acción Mundial de las Naciones Unidas para Combatir la Trata de Personas 22 y tener en cuenta las recomendaciones pertinentes del Manual para la lucha contra la trata de personas de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y otros documentos pertinentes de la UNODC al formular y aplicar políticas y medidas nacionales y regionales relativas a la trata de personas;

c) Vigilar las rutas de migración irregular que puedan ser aprovechadas por las redes de trata de personas para reclutar y victimizar a los migrantes irregulares o introducidos ilegalmente, a fin de reforzar la cooperación bilateral, regional e interregional en materia de prevención y para investigar y enjuiciar a los perpetradores e identificar y proteger a las víctimas de la trata de personas y prestarles asistencia;

d) Compartir la información y los datos de inteligencia pertinentes mediante mecanismos transnacionales y regionales, en particular sobre el modus operandi, los modelos económicos y las condiciones que fomentan las redes de trata, fortalecer la cooperación entre todas las instancias competentes, como las unidades de inteligencia financiera, los reguladores y las instituciones financieras, para detectar e interrumpir las corrientes financieras relacionadas con la trata de personas, e intensificar la cooperación judicial y la aplicación de la ley para asegurar la rendición de cuentas y poner fin a la impunidad;

e) Aplicar medidas que aborden las vulnerabilidades particulares de las mujeres, los hombres, las niñas y los niños que se han convertido o corren el riesgo de convertirse en víctimas de la trata de personas y otras formas de explotación, independientemente de su estatus migratorio, facilitando su acceso a la justicia y a la posibilidad de denunciar sin temor a ser detenidos, deportados o castigados, centrándose en la prevención, la identificación y la protección y asistencia apropiadas, y haciendo frente a formas específicas de abuso y explotación;

f) Velar por que las definiciones de trata de personas utilizadas en la legislación, las políticas y la planificación en materia de migración, así como en los enjuiciamientos, sean acordes con el derecho internacional, a fin de distinguir el delito de trata de personas del de tráfico ilícito de migrantes;

g) Reforzar la legislación y los procedimientos pertinentes para mejorar el enjuiciamiento de los tratantes, evitar que se criminalice a los migrantes que son víctimas de la trata de personas por delitos relacionados con la trata, y velar por que las víctimas reciban protección y asistencia adecuadas sin que para ello deban cooperar con las autoridades en contra de los presuntos tratantes;

h) Proporcionar a los migrantes que se han convertido en víctimas de la trata de personas protección y asistencia, por ejemplo, tomando medidas para su recuperación física, psicológica y social, así como medidas que les permitan permanecer en el país de destino, temporal o permanentemente, cuando proceda, facilitando el acceso de las víctimas a la justicia, incluidas las vías de recurso y reparación, de conformidad con el derecho internacional;

i) Crear sistemas de información y programas de capacitación nacionales y locales que alerten y eduquen a los ciudadanos, los empleadores, los funcionarios públicos y los agentes del orden, y aumentar la capacidad de detectar indicios de trata de personas, como el trabajo forzado, obligatorio o infantil, en los países de origen, tránsito y destino;

j) Invertir en campañas para concienciar a los migrantes y posibles migrantes sobre los riesgos y peligros de la trata de personas, en colaboración con los interesados pertinentes, y proporcionarles información sobre la manera de prevenir y denunciar las actividades de trata.” (PMM, 2018: párr. 26)

Cada año, miles de hombres, mujeres y niños caen en manos de los tratantes en sus propios países y en el extranjero. Por lo tanto, la trata de personas debe seguir enmarcándose en el contexto de los movimientos migratorios. Muchos migrantes emprenden viajes peligrosos en los que pueden ser objeto de violaciones de derechos humanos, explotación, trata y agresiones, entre otras cosas, por parte de delincuentes y redes conexas. Luchar contra la trata de personas, en particular adoptando medidas de prevención, ofreciendo protección a las víctimas y enjuiciando a los autores, es un componente clave de la gestión amplia de la migración y un esfuerzo indispensable para proteger los derechos humanos de los migrantes de conformidad con el objetivo 10 del Pacto Mundial para la Migración. Uno de los principales retos pasa por reforzar la cooperación entre los países de origen, tránsito y destino a lo largo de las rutas migratorias para poder combatir adecuadamente esta forma de delincuencia trasnacional. Asimismo, para combatir este delito con eficacia, es preciso abordar los factores de expulsión de los migrantes —el subdesarrollo, la inestabilidad sociopolítica, los conflictos y el cambio climático, entre los principales— a fin de reducir la demanda de los servicios de tráfico en los países de tránsito y de destino. Esos esfuerzos deben ajustarse también a lo dispuesto en el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que proporciona una base jurídica consensuada internacionalmente y complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional.

El informe del Pacto Mundial para la Migración puede consultarse en AR, ZH, EN, FR, RU, ES.

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    *Todas las referencias a Kosovo deben entenderse en el contexto de la Resolución 1244 [1999] del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.