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11 - Gestión de fronteras

GCM Objectives
11 - Gestión de fronteras

Objetivo 11 en el Pacto Mundial para la Migración

Gestionar las fronteras de manera integrada, segura y coordinada

El Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular (PMM) se basa en 23 objetivos. Esta página proporciona recursos para objectivo 11 (Gestionar las fronteras de manera integrada, segura y coordinada):

"27. Nos comprometemos a gestionar nuestras fronteras nacionales de manera coordinada, promoviendo la cooperación bilateral y regional, garantizando la seguridad de los Estados, las comunidades y los migrantes, y facilitando la circulación transfronteriza de personas de manera segura y regular, evitando al mismo tiempo la migración irregular. Nos comprometemos además a aplicar políticas de gestión de las fronteras que respeten la soberanía nacional, el estado de derecho, las obligaciones en virtud del derecho internacional y los derechos humanos de todos los migrantes, independientemente de su estatus migratorio, que no sean discriminatorias y que tengan en cuenta la perspectiva de género e infantil.

Para cumplir este compromiso, recurriremos a las acciones siguientes:

a) Mejorar la cooperación internacional, regional e interregional en la gestión de las fronteras, teniendo en cuenta la situación particular de los países de tránsito, para identificar debidamente a los migrantes que se encuentren en situación de vulnerabilidad en fronteras internacionales o cerca de ellas, derivarlos de manera oportuna y eficiente, y brindarles asistencia y protección adecuada, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos, adoptando enfoques pangubernamentales, impartiendo capacitación transfronteriza conjunta y fomentando las medidas de desarrollo de la capacidad;

b) Establecer estructuras y mecanismos apropiados para una gestión integrada y eficaz de las fronteras velando por que existan procedimientos exhaustivos y eficientes para el cruce de la frontera, incluso mediante la verificación de los antecedentes de las personas antes de su llegada, la notificación previa por los transportistas de pasajeros y el uso de la tecnología de la información y las comunicaciones, pero defendiendo el principio de no discriminación, respetando el derecho a la privacidad y protegiendo los datos personales;

c) Examinar y revisar los procedimientos nacionales pertinentes de verificación en las fronteras y los procesos de evaluación individual y entrevistas para garantizar que se cumpla el debido proceso en las fronteras internacionales y que todos los migrantes reciban un trato acorde con el derecho internacional de los derechos humanos, incluso mediante la cooperación con las instituciones nacionales de derechos humanos y otros interesados pertinentes;

d) Concertar acuerdos de cooperación técnica que permitan a los Estados solicitar y ofrecer activos, equipo y otra asistencia técnica para reforzar la gestión de las fronteras, particularmente en cuanto a las actividades de búsqueda y salvamento, así como en otras situaciones de emergencia;

e) Velar por que, cuando un menor no acompañado o separado cruce una frontera internacional, se informe y asigne lo antes posible a las autoridades de protección infantil para que participen en los procedimientos de determinación del interés superior del niño, de conformidad con el derecho internacional, incluso impartiendo a los funcionarios de fronteras formación sobre los derechos del niño y los procedimientos con perspectiva infantil, como los que impiden separar a las familias y permiten la reunificación familiar si se produce la separación;

f) Examinar y revisar las leyes y reglamentos pertinentes para determinar si conviene sancionar la entrada o la estancia irregulares y, de ser así, vel ar por que las sanciones sean proporcionadas, equitativas, no discriminatorias y plenamente coherentes con las garantías procesales y otras obligaciones dimanantes del derecho internacional;

g) Mejorar la colaboración transfronteriza entre los Estados vecinos y otros Estados respecto del trato dispensado a las personas que cruzan o tratan de cruzar fronteras internacionales, incluso teniendo en cuenta las recomendaciones pertinentes de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos acerca de los Principios y Directrices Recomendados sobre los Derechos Humanos en las Fronteras Internacionales a la hora de determinar las mejores prácticas." (PMM, 2018: párr. 27)

Los desplazamientos de personas requieren políticas y procedimientos en materia de inmigración y gestión de fronteras mejorados y basados en los derechos humanos. Los Estados se enfrentan al reto de mantener sus fronteras abiertas pero seguras, lo que es posible mediante la plena coordinación y cooperación de las partes interesadas. Existen numerosas iniciativas para ayudar a los países a gestionar sus fronteras. Sin embargo, aún es necesario desarrollar capacidades en esferas como la identificación, la remisión, la asistencia y la protección (véanse las acciones a y b); el cumplimiento de las normas internacionales de derechos humanos, incluidas las garantías procesales (c y f); la búsqueda y el rescate (d); la orientación sobre medidas de gobernanza de fronteras respetuosas de los derechos humanos (g) y la formación de los oficiales de fronteras sobre las necesidades de los niños y las cuestiones de género (e). Reforzar la capacidad de los organismos de gestión de fronteras para impedir la migración irregular respetando las normas internacionales de derechos humanos sigue siendo un reto global.

El informe del Pacto Mundial para la Migración puede consultarse en AR, ZH, EN, FR, RU, ES.

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*Todas las referencias a Kosovo deben entenderse en el contexto de la Resolución 1244 [1999] del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.